Censo amianto
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados, se regula la obligatoriedad de realizar un censo municipal de todas las instalaciones públicas y privadas que tengan componentes de AMIANTO.
En este sentido, aquellas instalaciones privadas o particulares que cuenten con algún componente en su construcción que tenga como material el AMIANTO, deben notificarlo al Ayuntamiento.
El Ayuntamiento debe remitir un informe a la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular en el que se incluyan todas las instalaciones del Municipios que contengan dicho material peligroso. Posteriormente se establecerán planes para su retirada.
Debe recordarse que la exposición al amianto conlleva un peligro grave para la salud pública.