Censo anual ganado

Censo anual ganado

Las personas titulares de las explotaciones ganaderas o de unidades productivas serán responsables de facilitar los datos sobre los censos de las explotaciones que se comunicarán a la autoridad competente al menos una vez al año. A este respecto, el censo se comunicará antes del 1 de marzo de cada año, indicándose el censo medio del año anterior.

-Formulario-

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